“MONSTRUO” DE BARRANCA CONTINUARÁ PRESO EN PENAL DE CHINCHA



· Ministerio Público tendrá 15 meses para continuar con pericias e investigaciones del caso, signado con el expediente N° 3170-2018-15


El Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Barranca, RUBEL CHELEM COTRINA PAREDES, mediante Resolución N° 04, resolvió, declarar fundado el Requerimiento de Prolongación de Prisión Preventiva, formulado por la representante del Ministerio Público, contra el procesado ARQUINIO GIRALDO JULIO CÉSAR, por los delitos de SECUESTRO, VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD Y HOMICIDIO CALIFICADO, en agravio de la menor de iniciales K.Y.M.O. (Identidad preservada), representada por sus padres, por el plazo de QUINCE MESES, computados desde la fecha de vencimiento de la Prisión Preventiva (11-08-2019), VENCERÁ EL 11 DE NOVIEMBRE DE 2020.

La Audiencia se realizó el día 07 de agosto del 2019, a las 15:30 horas, mediante videoconferencia desde la Sala de audiencia del penal de Chincha, donde se encuentra el procesado.

La fiscal Provincial Penal Corporativa de Barranca, Mariela Gutiérrez Rodríguez, al oralizar y sustentar su requerimiento de prolongación de prisión preventiva por el plazo de 15 meses, indicó que por la etapa de investigación 04 meses, 05 meses para la etapa intermedia y seis meses para la etapa de juzgamiento. Señaló que existió dificultad dentro de la investigación por cuanto no se tomó conocimiento de forma oportuna el penal donde se encontraba el imputado, a fin de que se realicen las pericias de psiquiatría y psicología, refiriendo que hay más de diez pericias realizadas y que aún se encuentran pendiente recabar más pericias al procesado. Precisó que las fechas para la realización de dichas diligencias dependerá de DICLIFLOR (La División Clínico Forense), por eso aún no se ha realizado, y homologar la sangre y cabello encontrado en el polo de la menor agraviada con los perfiles genéticos del imputado. Asimismo, que aún subsiste el peligro procesal analizado en las audiencias de prisión preventiva.

La defensa técnica del procesado, reitera su oposición y manifiesta que de las prendas de la agraviada no se han encontrado muestras de su patrocinado, solicitando se declare infundado el requerimiento solicitado por la fiscal.

LOS HECHOS

El procesado, sindicado de asesinar a la niña Kelly, de 10 años, quien vendía sus gelatinas para ayudar a sus padres, la vio un día cerca de un grifo de Supe, en la antigua Panamericana Norte, vendiendo gelatinas y regresó en otras oportunidades hasta que pudo determinar que la niña salía siempre a las 4 p.m. con sus productos. En su declaración a la policía aceptó que “ya tenía la intención” de secuestrarla.

El sábado 10 de noviembre, con la complicidad de un moto taxista, encontró a la niña poco antes de las 5 p.m. en el lugar de siempre. La secuestró y la llevó a una casa abandonada en la entrada de Caral, que ya había identificado. La abandonó toda la noche maniatada.

Con sangre fría, Arquinio se fue a trabajar. Debía quemar fuegos artificiales. Terminado el espectáculo, se quedó bebiendo cerveza hasta las 6 a.m. del domingo. Después de eso, fue con sus primos a comer pollo a la brasa, a la peluquería y a tomar una siesta. Después fue a ver a la menor con su cómplice.

El certificado de necropsia señala que la niña fue violada y que murió estrangulada cerca de las 9 p.m. de ese día.

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