QUIEN COMPRE UN TERRENO RESPONDERÁ POR LAS DEUDAS TRIBUTARIAS DE QUIEN LO VENDE



Una controvertida decisión de la Sunat dispone que las empresas compradoras de activos asumirían la deuda tributaria del vendedor, aun cuando esa deuda supere el valor del activo adquirido, ha advertido Semana Económica.

La resolución establece que la empresa compradora asumiría parte de la deuda tributaria de su contraparte, ya sea por IR o por IGV, en calidad de responsable solidario.

De este modo, las empresas se verían obligadas a pedir garantías para cubrirse de tal riesgo y solicitarán medidas cuando adquieran activos de otra empresa. Esto también eleva la necesidad de que las empresas aumenten los due dilligences.

La responsabilidad solidaria será comunicada al comprador cuando Sunat determine que existe una deuda, y podría aplicar una cobranza coactiva.

La resolución ha aclarado dos puntos: el monto que la Sunat puede cobrarle al comprador por responsabilidad solidaria, y hasta qué fecha será responsable la empresa compradora. La prescripción de la responsabilidad solidaria del comprador dependerá del tipo de operación.

Para reorganizaciones societarias, es un plazo de cuatro años en los que el comprador es responsable solidario respecto a las contingencias que podría tener la empresa que se reorganizó, señala Álvaro Arbulú, de EY.

En una compraventa de activos, el plazo de la responsabilidad solidaria es de dos años, agrega. Sobre el monto, Sunat cobrará la responsabilidad solidaria por el monto total, comenta Arbulú.

La responsabilidad del comprador no aplicaría solamente a las deudas que ya fueron determinadas por la Sunat, sino a aquellas que pudieron generarse antes de la transferencia.

La aclaración de la Sunat refuerza el incentivo para que el comprador exija un precio más bajo al adquirir activos, porque el comprador querrá protegerse ante la posibilidad de que se le impute responsabilidad solidaria sobre deudas del vendedor, dice Luis Miguel Sambucetti, de DLA Piper Perú.

Además de pedir precios más bajos, el comprador podría solicitar más garantías. Por ejemplo, el comprador paga el precio, pero lo deja en manos del banco, con instrucciones de desembolsar solo luego del periodo de prescripción o el termino de la auditoría de Sunat. Eventualmente podría contratarse un seguro, pero se encarece la transacción.

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