DESDE HOY ENTRA EN APLICACIÓN LA LEY ANTIELUSIVA



Tributario. Según ministro de Economía, las empresas deberán adecuarse desde hoy. Según especialistas, la norma se mantiene como no retroactiva, por lo que se revisarán casos desde el 2012.


El Ejecutivo publicó este lunes el Decreto Supremo Nº 145 que precisa las condiciones para la aplicación de la Ley Antielusiva, la misma que entra en aplicación desde hoy y que obligará a las empresas en el país a revisar sus procesos tributarios.

Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el objetivo es reducir el nivel de elusión y recuperarlo como ingresos tributarios, los cuales están calculados en hasta S/ 6.000 millones anuales, según estudios internacionales. "Es el referente que tenemos ya que el monto en sí es difícil de calcular puesto que nunca habíamos tenido a la elusión en el marco normativo. Hoy podemos decir que por primera vez Perú cuenta con una norma antielusiva", dijo el ministro Carlos Oliva en conferencia.

Recordemos que la Ley Antielusiva se aprobó en el 2012, pero quedó suspendida en el 2014 hasta hoy. "Estuvo suspendida, pero no derogada. Se suspendió hasta que salga el Decreto Supremo con una serie de precisiones de fondo. Eso es lo que hemos hecho", anotó Oliva.
Retroactividad

El titular del MEF se encargó de aclarar que la Ley Antielusiva no será retroactiva. "No es retroactiva. Sabemos que hay una discusión legal sobre el tema, pero estamos dispuestos a sustentar los puntos de vista", dijo.

¿Qué quiere decir ello? Que con la publicación de este Decreto, la ley se aplicará para casos desde el 2012 en adelante, puesto que estuvo suspendida pero no derogada. Así lo explicó el socio de Impuestos de EY Perú, Manuel Rivera. "Tal como está la norma hoy a través de este reglamento publicado se podría fiscalizar los ejercicios desde julio de 2012", afirmó.

Lo que el sector privado exigía es que estos casos, los que provienen desde el 2012 hasta el 2018, no sean revisados. "Porque, claro , sale la norma antielusiva y los empresarios saben que de ahí en adelante tienen que cuidarse. El problema es que el pasado no lo podrán corregir", dijo.

En tanto, para el abogado Ramón Gálvez del estudio Gálvez, Risso y Zegarra, esto atenta contra el sistema jurídico. "Es inaceptable. Si yo aplico una norma para reconfigurar el derecho imponible del 2013 o 2014 estoy teniendo un efecto retroactivo clarísimo. Las personas han podido hacer operaciones sin pensar que debían pagar impuestos, pero hoy con la ley vigente podría regresar y decir que sí hubo hecho imponible. Eso no debe pasar", acotó.

Es decir –para el abogado–, si bien la ley no es retroactiva, cae en retroactividad al revisar los procesos que se dieron antes de la publicación de ayer lunes. "Yo espero que el Congreso derogue este y otros puntos que están en la ley", explicó.

Como se recuerda, en el Congreso existen iniciativas de ley que estaban pendientes de votación en el Pleno y que tocaban este tema de los procesos entre el 2012 y el 2018. Para Oliva, la puesta en marcha de esta ley no podía esperar más.

"Nosotros sabíamos que el Congreso había aprobado algunas aclaraciones en la Comisión de Constitución. Ante ello, decidimos esperar. Sin embargo, hemos esperado cerca de 2 meses y el Pleno no lo ha debatido. No podemos esperar más", explicó y dijo que de darse el debate "habrá que participar en él y hacer las aclaraciones del caso".
Responsabilidad solidaria

El Decreto Supremo publicado precisa que los actos en el marco de la planificación fiscal son los que son propuestos por el gerente general, el gerente financiero o quien haga sus veces, a efectos de su aprobación por parte del Directorio. Sin embargo, no es responsable solidario "el director que habiendo participado en el acuerdo haya manifestado su disconformidad en el momento del acuerdo o cuando lo conoció, siempre que tal disconformidad la consigne en acta o carta notarial".

Un comité revisor
- El Decreto publicado este lunes también establece las funciones del Comité Revisor, instancia que emitirá opinión sobre si hubo o no elementos para aplicar la norma antielusiva así como citar a los sujetos fiscalizados para que expongan su defensa.

- El ministro de Economía Carlos Oliva explicó que este comité está conformado por tres miembros de la Sunat que serán capacitados para dicho fin.

Fuente: Diario La República. 

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