Conozca las prohibiciones para las elecciones 2016


El no acatar la Ley Seca, que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas desde las 08:00 horas del 09 de abril hasta las 08:00 del 11 de abril, tendrá una multa de S/ 2250. El Jurado Nacional de Elecciones indica que esta medida se toma con el fin de que el proceso electoral se lleve de manera normal y controlada.

Vale aclarar: La prohibición no abarca el consumo, sino el expendio.

Asimismo, se tienen otras prohibiciones, que a continuación listamos:

• Están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político desde 2 días antes del día de sufragio.

• Está prohibida toda clase de propaganda política desde 24 horas antes del proceso.

• Está prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de medios de comunicación. Pueden efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones.

• Está prohibida la detención indebida de electores desde 24 horas antes y el día del sufragio, salvo caso de flagrante delito.

• Está prohibida la detención indebida de miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes y 24 horas después del sufragio, salvo caso de flagrante delito.

• Está prohibido impedir, coactar, o perturbar la libertad de sufragio

• Está prohibido durante las horas que se realizan las elecciones: 1.-Realizar espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados. 2.-Realizar funciones cinematográficas, teatrales. 3.- Ni reuniones públicas de ninguna clase.

• Está prohibido realizar actividades religiosas durante las horas en que se realizan las elecciones

• Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación hasta las 8:00 horas del día siguiente de las elecciones.

• Está prohibido a los electores portar armas desde un día antes hasta un día después del sufragio.

• Está prohibido realizar manifestaciones políticas simultáneas en un mismo lugar de una misma ciudad, salvo que se realicen en sectores separados por 1 km de distancia y con la autorización correspondiente.

• Está prohibido la participación de los miembros de las FFAA o PNP vistiendo uniforme en manifestación o acto público de carácter político (en retiro o disponibilidad).

• Dentro del radio de cien metros de una mesa de sufragios se prohíbe al propietario, inquilino u ocupante de una casa permitir en ella reuniones de electores durante las horas de la elección. En el caso de que terceros se introdujeran a viva fuerza en dicha casa, debe el propietario, inquilino u ocupante, dar aviso inmediato a los miembros de la respectiva Fuerza Armada

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