Nombrarán al 20% de profesionales y técnicos de salud de diferentes establecimientos


El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó hoy los lineamientos para concretar este año el nombramiento del 20% de profesionales de salud, técnicos y auxiliares asistenciales que laboran bajo la modalidad de contrato en diferentes unidades ejecutoras de dicho sector.

Tales lineamientos están explicados en el Decreto Supremo 032-2015-SA publicado hoy en el diario oficial El Peruano, con la firma del presidente Ollanta Humala, el titular de la Presidencia del Consejo de Ministros y los ministros de Economía y Salud.

La aplicación de estos criterios y procedimientos comprende a todos los profesionales de salud, técnicos y auxiliares asistenciales de las dependencias y establecimientos de salud del Minsa, sus organismos públicos, las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud (CLAS), indica la norma.

"Para el año 2015, por cada unidad ejecutora de salud, se nombrará al 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, conforme a lo establecido en el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", precisa el Decreto.

Tendrán prioridad en el nombramiento el personal de saludcontratado bajo los regímenes del Decreto Legislativo 276, Decreto Legislativo 1057 y Decreto Legislativo 728 de las CLASque laboren en zonas alejadas y de frontera, Valle del Río Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) y zonas declaradas en emergencia por circunstancias similares a las del VRAEM.

El nombramiento se realizará siempre que cumplan con el perfil de puesto y los requisitos establecidos. El personal de la salud que a la fecha no cuente con vínculo laboral vigente, podrá acogerse al proceso de nombramiento, siempre que cumpla con los requisitos exigidos.

El Decreto añade que, para efectos del nombramiento, se deberán nombrar comisiones de monitoreo y supervisión, comisiones de nombramiento y comisiones de apelación. Representantes de gremios del personal de salud, previamente acreditados, podrán actuar como veedores.

Las comisiones de nombramiento se encargarán de publicar la convocatoria del proceso en el portal web de la institución, así como en otros medios de difusión de cada unidad ejecutora.

Por su parte, el postulante, bajo su responsabilidad, deberá presentar o actualizar su legajo personal para efectos de la verificación de sus documentos, el cual servirá para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Asimismo, deberá presentar una serie de documentos como copia del título profesional o técnico; copia de término de Serums o Secigra, así como declaración jurada de no registrar antecedentes penales por delito doloso, de no tener inhabilitación vigente en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, y de no estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (en caso de figurar en dicho registro, deberá consignarlo expresamente).

Igualmente, debe entregar certificado de salud física y mental en original que acredite que no tiene impedimento para el trabajo.

El decreto detalla cómo se hará la evaluación de los requisitos del perfil del puesto, la publicación de los resultados, la formulación de posibles impugnaciones, así cómo de qué manera se procederá en caso de empate.

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