Congreso modifica Ley de Partidos Políticos


Con 66 votos a favor, 4 en contra y 20 abstenciones, el pleno del Congreso de la República aprobó ayer el texto sustitutorio que modifica la Ley de Partidos Políticos.

Entre las principales modificaciones se encuentran la de aumentar de 3% a 4% el porcentaje de firmas (del padrón electoral) necesarias para la inscripción de un partido político, la prohibición de que los fundadores de una agrupación hayan sido procesados o condenados por terrorismo o tráfico de drogas, así como sanciones a las organizaciones políticas que, dentro de un proceso electoral, entreguen dinero, regalos o dádivas.

Para diversos expertos, la aprobación de la norma deja en evidencia la falta de voluntad política por parte de la gran mayoría de parlamentarios para lograr una verdadera reforma electoral, pues no contempla aspectos fundamentales como el financiamiento público directo ni la democracia en las agrupaciones.

En las semanas previas, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Jurando Nacional de Elecciones (JNE) expresaron su preocupación por el texto presentado por el presidente de la Comisión de Constitución del Congreso de la República, Fredy Otárola, ya que este no incorporaba los temas centrales planteados por dichos organismos electorales.

Al respecto, Otárola señaló este miércoles que presentaría una propuesta a la Comisión de Constitución que contemple tanto el financiamiento público a los partidos políticos como la democracia interna. Inclusive manifestó que se detallarían las sanciones a la falta de transparencia en el manejo de fondos públicos y privados.

Sin embargo, para los especialistas consultados por este Diario resulta muy difícil que ambas normas puedan generar los consensos necesarios para su pronta aprobación en dicho grupo de trabajo delCongreso de la República y, en especial, en el pleno.

Los cambios a las normas electorales deben ser aprobados antes de la convocatoria a elecciones (entre el 12 de noviembre y el 12 de diciembre) para que surtan efecto en los próximos comicios electorales.

Principales críticas a la norma

1. Se incrementa el porcentaje de candidatos que pueden ser designados sin participar en elecciones internas.
La norma eleva de 20% a 25% el número de candidatos que pueden ser nombrados al margen de una elección interna. La democracia interna supone que los afiliados a un partido político elijan a sus candidatos (un militante, un voto), y no que determinados órganos del partido sean quienes los designen a su propio criterio. Esta medida ha sido calificada como una contrarreforma electoral.

2. Se disminuye el porcentaje de la valla electoral en caso dos o más partidos participen en alianza.
El dictamen inicial presentado por la Comisión de Constitución planteaba que, de existir alianzas electorales entre partidos políticos o entre movimientos regionales, el porcentaje de la valla electoral se elevaría en 2,5% por cada partido o movimiento adicional. No obstante, el dictamen aprobado redujo el porcentaje a tan solo 1% por partido o movimiento adicional.

3. Los partidos perderán su inscripción si no participan en dos elecciones consecutivas.
Actualmente los partidos políticos que no participan en una sola elección pierden su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROF) del JNE. Fuentes cercanas a El Comerciomanifestaron que esta disposición pretende ser una ventana de escape para las agrupaciones que, al ver que no superarían la valla electoral, elijan abstenerse de participar en las elecciones.

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