Ningún ejecutivo que labore en el Estado deberá reunirse sin que este acercamiento esté registrado y sea de conocimiento público en caso los temas abordados sean de interés de las instituciones para las que laboran o dirigen. Así lo establece el Decreto Legislativo N° 28024 publicada por el Ejecutivo a través del Diario El Peruano.
Las instituciones reguladas en el marco de la Ley que Regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública deberá registrar las visitas de manera digital. Por ejemplo, el presidente Martín Vizcarra no podrá tener reuniones en privado.
La norma también abarca a congresistas, ministros, gobernadores regionales; etc. Además, ningún funcionario podrá tener reuniones con algún representante de otra institución fuera de las instalaciones donde labora.
Esta medida es impulsada por el Ejecutivo luego de que el fujimorismo arremetió contra Martín Vizcarra por negar que tuvo una conversación privada con la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori.
Mediante esta ley, el Jefe de Estado no podrá tener reuniones privadas con ningún presentante público.
Las modificaciones a esta norma entrarán en vigencia a los treinta días de haberse publicado el reglamento. El texto lleva la firma del presidente Vizcarra, el premier César Villanueva y el ministro de Justicia, Vicente Zeballos.
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