ESTO ES LO QUE DEBES SABER SOBRE LA ORDEN DE INAMOVILIDAD POR LOS CENSOS 2017



El próximo domingo 22 de octubre se realizarán los Censos Nacionales 2017. Durante este día habrá orden de inamovilidad para la población y las unidades de transporte terrestre, aéreo, ferroviario, marítimo, lacustre y fluvial de servicio público o privado.

Acá te contamos lo que debes saber sobre la circulación de transportes y personas ese día.

Restricciones para los vehículos

De acuerdo a la norma técnica publicada, los vehículos podrán circular antes de las 8 a.m. o después de las 5 p.m. el Día del Censo. Durante el empadronamiento, se suspenderá el tránsito de los mencionados vehículos dentro del territorio nacional.

Los vehículos pertenecientes al INEI, las Fuerzas Armadas, la Policía, los Bomberos, las Ambulancias y el Serenazgo podrán circular libremente debido a la necesidad de su desplazamiento para la realización de los Censos y la cobertura de las contingencias durante la jornada.

Respecto a las empresas de servicio público de pasajeros, urbano o interprovincial, estas deberán informar a sus usuarios, tanto en sus locales como en sus vehículos, de su imposibilidad de circular durante las horas de orden de inamovilidad del Día del Censo, como mínimo con una semana de anticipación.

¿Y las personas?

La norma señala que aquellas personas que se encuentren viajando en el Día del Censo, al entrar en vigencia la orden de inamovilidad deberán empadronarse en el primer aeropuerto, puerto, terminal terrestre o garita de control adonde llegue la unidad de transporte, donde permanecerán hasta las 5 p.m.

Como excepción a la norma podrán circular las personas que lo necesiten por motivos de salud o emergencia evidente.

Asimismo, también podrán desplazarse hacia su destino las personas con pasaje confirmado para salir del país entre las 08 a.m. y las 5 p.m.Ellas deberán empadronarse entre el 16 al 20 de octubre en la Oficina Censal de su distrito de residencia o de su alojamiento.

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